A- de 2017
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Aeronautica Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ha debido darse por acreditado el requisito de la oportunidad en la presenta
- Rechazar la solicitud de nulidad de la sentencia T-767/15 por extemporánea
- Solicitud de nulidad de la sentencia T-767/15 presentada por la Aeronáutica
- A la luz del alcance del instituto de unidad de jurisdicción y del contenido
- Características
- Concepto
- Contenido y alcance
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
- Procedencia sólo por irregularidad ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Características
- Concepto
- Contenido y alcance
- Debió resolverse de fondo
- Las solicitudes de nulidad formuladas en tiempo pero
- Improcedencia de recursos
- Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-767/15.
La Apoderada Judicial de la Aeronáutica Civil adujo una vulneración al debido proceso, toda vez que, en su sentir, la acción de tutela no era procedente en vista de que se encontraba pendiente por resolver la nulidad presentada por la actora ante el Tribunal demandado.
La Sala Plena concluye que no sólo resulta extemporánea la petición de nulidad, sino que la inconformidad planteada busca que la Corporación reabra un debate jurídico y probatorio ya finalizado, basándose en argumentos tendientes a refutar lo decidido y a plantear lo que debió haber sido el resultado del análisis efectuado.
Se RECHAZA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR, por extemporanea, la solicitud de nulidad de la Sentencia T-767 de 2015, proferida por la Sala Cuarta de Revision de la Corte Constitucional.
- SEGUNDO. NOTIFIQUESE esta providencia al solicitante e informesele que en contra de ella no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.